Abogados derecho concursal

Despacho de abogados de derecho concursal

Somos un despacho de abogados de derecho concursal especializado en esta materia y en todo lo relacionado con el derecho de empresa. Trabajamos en toda españa a través de colaboradores y abogados que no tienen ningún problema en desplazarse para atender su asunto. Conocemos la Ley Concursal y las que la complementan al detalle y desarrollamos nuestros servicios con claridad, honestidad y transparencia.

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¿Cuándo tengo que presentar concurso de acreedores?

El artículo 5 de la Ley Concursal establece que el empresario debe de presentar el concurso de acreedores dentro de los dos meses en los que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia. Si no se hace a tiempo este dato puede servir como indicio de concurso culpable, con los perjuicios que ello supone (principalmente, que las deudas no desaparecen y pasan al patrimonio personal del administrador). Por ello recomendamos que haya rapidez a la hora de tramitar estos procedimientos, sobre todo si la situación de insolvencia ya es clara y han comenzado los impagos.

¿Tengo que presentar siempre concurso de acreedores?

No tiene por qué. En algunas ocasiones se pueden buscar otras herramientas que pueden ser más idóneas para tratar cada caso. El concurso de acreedores es una más, y debe de ser puesta en la misma balanza que el resto de opciones. No obstante, habrá que tener cuidado si la empresa comienza a hacer impagos de modo más o menos general, ya que en ese momento comenzará el plazo de dos meses que hemos expresado en el párrafo anterior.

¿Podéis ver mi expediente y ofrecer una opinión sobre cómo proceder?

Por supuesto. Recomendamos a todas las personas que se estén planteando un procedimiento de esta magnitud a que consulten antes con algún abogado sobre las posibilidades del caso. Nosotros lo hacemos de forma gratuita, y hay muchos otros despachos que funcionan del mismo modo. Lo importante es entender que, si se va a hacer una inversión importante en tiempo y dinero para llevar el concurso adelante, las posibilidades de obtener beneficio económico deben de estar muy claras. Nuestro despacho en este sentido trabaja siempre con esta idea, de forma que si el concurso no es viable nunca recomendamos hacerlo.

¿En qué lugares trabajáis?

En toda España. El despacho de abogados es de Málaga, pero siempre nos hemos desplazado a otras ciudades y provincias sin ningún problema, y seguimos haciéndolo. También tenemos colaboradores que nos pueden ayudar en prácticamente todo el territorio nacional, así que no nos limitamos por esa razón.

¿Cuánto cuesta el concurso de acreedores?

Como es de esperar, depende mucho de cada caso concreto. De nuestra experiencia podemos concluir que los costes generalmente suelen ser estos:

Administrador concursal. Está sujeto a aranceles que dependen del activo y pasivo de la empresa o particular, y están muy definidos en el Real Decreto 1860/2004, que acompañamos a continuación para que cualquiera pueda consultar su caso concreto en su anexo. La media es de unos 600 a 1.500 euros, dependiendo del tamaño del concurso.

Procurador. Al igual que ocurre en el caso anterior, están sujetos a aranceles que dependen del del activo y pasivo de la empresa o particular. También se pueden encontrar definidos en el Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales. La media es de unos 500 a 1.000 euros, dependiendo del tamaño del concurso.

Abogados. Los honorarios de los abogados están sujetos a pacto libre entre el cliente y el profesional, así que pueden ser muy variados. En este bufete no se van a encontrar los más económicos (no somos un despacho «low cost») pero tampoco los más caros. Tenemos un precio ordinario y -según creemos-  bastante correcto para la calidad del servicio que ofrecemos. Como honorarios orientativos podemos establecer la siguiente tabla:

  • Pasivo (deudas) menor a 100.000 euros: 3.600,00 euros con IVA incluyendo abogado y procurador. Coste aproximado del administrador concursal: 800,00 euros.
  • Pasivo (deudas) entre 100.000 y 300.000 euros: 5.000,00 euros con IVA incluyendo abogado y procurador. Coste aproximado del administrador concursal: 1.500 euros.
  • Pasivo (deudas) de más de 300.000 euros: Más de 6.000,00 euros con IVA incluyendo abogado y procurador. Coste aproximado del administrador concursal: Más de 2.000 euros.

Si quieren un presupuesto más concreto contacten con nosotros y le responderemos a la mayor brevedad posible.

¿Sois especialistas en concurso de acreedores?

Sí, por supuesto. Si has llegado a esta página habrá sido por medio de recomendación o a través de algún motor de búsqueda de internet que nos haya posicionado en un puesto alto. Ambas son pruebas de que nuestro despacho tiene cierta fama en la realización de estos procedimientos. Si te queda alguna duda sobre nuestros conocimientos puedes revisar los artículos que tenemos publicados en nuestro blog sobre concursos de acreedores, en los que tratamos con cierta profundidad este tema.

Teléfono:

952 916 002

Email:

contacto@alvarezramosabogados.com