
Es muy habitual en los últimos años encontrar nuevos emprendedores que intentan, mediante un negocio de franquicia, hacerse un hueco en el mercado y lucrarse ofreciendo servicios o productos. Las franquicias son muy cómodas para el empresario porque se comienza desde el primer momento con un negocio que presumiblemente funciona, pero al mismo tiempo hay que tener en cuenta que hay tanto franquicias buenas y malas como contratos de franquicia buenos y malos. Este artículo servirá, esperemos, para poder distinguir entre unos y otros.
Las bases del contrato de franquicia
El contrato de franquicia es un acuerdo por medio del cual una persona le cede a otra y a cambio de un canon o pago la explotación de un negocio en una determinada zona. Con este derecho de explotación se suelen incluir –dependiendo del caso- los detalles de organización y estructura del negocio; el uso de todas sus marcas, patentes e imágenes; los materiales y maquinaria necesaria para desarrollar los productos; etcétera. Tenemos por tanto un objeto que se cede y dos sujetos: el franquiciador y el franquiciado. El primero recibe el canon a cambio de ceder la explotación del negocio, y el segundo abona la cantidad y se beneficia del mismo.
Además, legalmente se exigen tres requisitos para que un contrato pueda ser considerado como de franquicia. El franquiciador debe de ofrecer al franquiciado, como mínimo, lo siguiente:
- El uso de una denominación o rótulo común con la franquicia, además de otros derechos de propiedad intelectual como marcas y patentes.
- La comunicación de una serie de conocimientos técnicos y estructurales del negocio.
- La prestación de asistencia y asesoría comercial.
Con respecto a la contraprestación que debe de ofrecer el franquiciado, puede realizarse de cualquiera de las siguientes formas:
- Canon único de entrada.
- Pagos mensuales únicos o en función de la facturación o los beneficios.
- Margen sobre la venta de productos.
Hay que tener en cuenta, sin embargo, que el hecho de que un contrato no contenga alguna de estas “bases” legales no lo hace ilegal o ineficaz. Simplemente no será un contrato de franquicia como tal, pero todo lo que se pacte en él tendrá la misma fuerza que cualquier otra cosa expresada en un acuerdo privado.
Cláusulas características del contrato de franquicia
Teniendo estas bases como principio, las partes pueden negociar multitudes de cláusulas totalmente diversas cuya totalidad no podemos abarcar aquí. Sí que podemos expresar algunas de las más típicas, y es lo que hacemos a continuación:
- Cláusulas de exclusividad, por la que se obliga a una parte a trabajar únicamente con la otra. Sobre todo importante para obligar a franquiciadores a que se limite a utilizar una sola franquicia.
- Cláusulas de confidencialidad, que tratan de proteger las comunicaciones entre las partes a efectos de que no se divulguen a terceros.
- Cláusulas de control y vigilancia, por las que el franquiciador tendrá derecho a supervisar el negocio del franquiciado (si bien no dirigirlo).
- Cláusulas de responsabilidad, importantísimas en la mayoría de contratos. Establecen quién de las dos partes se hace cargo de los posibles daños a terceros por los servicios o productos ofrecidos en el negocio.
- Cláusulas de duración y finalización, que expresan, como sus propios nombres indican, el periodo de tiempo por el cual se negocia el contrato y las causas por las cuales termina.
Dependiendo de cada caso, el expresar alguna de estas cláusulas beneficiará al franquiciado o al franquiciador, por lo que suelen suponer la parte más importante del contrato. Es importante por tanto tenerlas en cuenta y negociarlas detenidamente, porque pueden hacer que una franquicia en principio interesante pierda todo ese carácter de forma rápida.
Conclusión
En resumen, el contrato de franquicia puede ser idóneo para dos cosas en función de la perspectiva que se trate: capitalizar una idea y expandir un negocio si se trata del franquiciador, y emprender con cierta seguridad si se trata del franquiciado. Hay franquicias buenas y malas como las hay con y sin futuro, pero en esa elección influyen pocos factores legales y muchos azarosos. Por nuestra parte, esperamos haber podido ayudar a diferenciar unas y otras con estas palabras.
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Álvarez Ramos Abogados
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