La ley de segunda oportunidad en 2021

ley segunda oportunidad
Comparte esta entrada:

Hace ya más de cinco años escribimos un artículo sobre la ley de segunda oportunidad que obtuvo bastante éxito en las redes. Pasado este tiempo queremos realizar un análisis actualizado al año 2021 de la misma ley, sobre todo ahora que podemos aplicar nuestra experiencia (y la de otros compañeros) gestionando este tipo de asuntos. Recomendamos que cualquier persona que se encuentre interesada en aprender más sobre el tema acuda al artículo presente y no al anterior, aunque puede utilizarse este último para obtener un poco más de contexto acerca del asunto.

Cómo funciona la ley de segunda oportunidad en 2021

Debido a los años pasados de experiencia el mecanismo de la ley de segunda oportunidad ha quedado bastante concretado en varios pasos que, prácticamente sin ninguna excepción, deben de llevarse a cabo.

  • El primero de ellos es el de estudio pormenorizado de toda la documentación del caso. No todos los asuntos que llegan al despacho son favorables a tramitarse a través de la ley de segunda oportunidad. Pueden ser, por poner algunos ejemplos, asuntos en los que exista una clara negligencia o mala fe por parte del deudor, u otros en los que haya propiedades que no se quieran perder, o cuando existen avalistas o fiadores cuyo patrimonio se quiere respetar. Cada asunto es un mundo y habrá que revisarlo en consecuencia, teniendo cuidado en todos los aspectos que podrían molestar en un futuro a las posibilidades del procedimiento. Habrá que tener también en cuenta aquellos casos en los que la pandemia haya afectado negativamente a la situación del deudor, ya que este hecho podrá servir como un buen argumento a ojos de la buena viabilidad del procedimiento.
  • El segundo de ellos es el relativo a la fase extrajudicial. Habrá que rellenar un impreso normalizado y entregar toda la documentación del asunto en una notaría del lugar de domicilio del deudor. Realizado dicho trámite y pasado un tiempo, la notaría emitirá una escritura en la que (muy probablemente) declarará que ni siquiera se ha podido intentar ningún acuerdo por falta de mediador concursal. Dicha escritura será suficiente para proceder a la siguiente fase.
  • Con el tercero de los pasos entraríamos en la fase judicial. Con la escritura notarial de intento de acuerdo amistoso se presentaría en los juzgados una demanda de concurso voluntario de persona física, explicando todos los hechos que han llevado al deudor a quedarse en dicha situación y solicitando el nombramiento de un administrador concursal.
  • Por último y en el cuarto paso se tramitaría  y finalizaría el procedimiento de concurso voluntario en los tribunales. Habrá que ponerse en contacto con el administrador concursal y cumplir todas las exigencias que tanto él como el juzgado determinen, bajo la idea de conseguir un acuerdo positivo o incluso la exoneración de las deudas insatisfechas.

Conclusión

Como se puede observar, podemos considerar que el mecanismo de la ley de segunda oportunidad se ha transformado en un procedimiento bastante más seguro y sólido que hace cinco años. Es el resultado de que todos los profesionales involucrados en el proceso (abogados, procuradores, notarios, administración concursal y por supuesto jueces) hayan obtenido la experiencia necearia a lo largo de todo este tiempo. Ahora más que nunca, en plena pandemia, será útil tener un mecanismo como este que permita ayudar a las personas que se hayan visto afectados de forma importante a nivel de deuda.

Abogados de ley de segunda oportunidad en Málaga

0 Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*