
Actualización:
Esta entrada ha quedado desactualizada. Para conocer la opinión del despacho sobre las últimas novedades de este asunto, acudir al siguiente artículo sobre devolución de cláusulas suelo.
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Tras la publicación hace unos días de la Sentencia del Tribunal Supremo 138/2015 de 24 de marzo en la que se discute una vez más la nulidad de determinadas cláusulas suelo, la sensación que se percibe en la mayoría de afectados es la de no saber cómo puede afectar dicha resolución a su situación personal. En muchas provincias se suma a esta incertidumbre el hecho de que los tribunales han dado la razón a muchos consumidores en términos más favorables que los que aparecen en la citada sentencia, por lo que dudan incluso de la posibilidad de sufrir efectos retroactivos en peores condiciones de los ya obtenidos. Por todo ello vamos a intentar clarificar a través de este artículo la situación legal de todos los afectados por cláusulas suelo en Málaga, los que han visto ya su cláusula nula y los que aún están por demandar.
Aspectos generales
Antes de desarrollar el contenido concreto de este artículo, entendemos necesario aclarar varios aspectos bastante generales pero fundamentales para comprender el alcance de la STS de 24 de marzo.
- El primero, que la referida sentencia debe de ser aplicada por los tribunales de menor rango, ya que en caso contrario la parte que quede afectada podrá recurrir al propio Tribunal, y este aplicará obviamente su misma doctrina.
- El segundo, que esta doctrina del Tribunal Supremo aboga por anular de forma judicial las cláusulas suelo, pero no todas sino únicamente las que se presenten ante los tribunales. Salvo aparición poco probable de alguna normativa o salvo decisión personal de las entidades financieras, las cláusulas suelo que no se lleven a juicio seguirán surtiendo efectos hasta que el préstamo hipotecario que la acompañe finalice.
- El tercero, que la doctrina del Tribunal Supremo estima junto a la nulidad de las cláusulas la devolución de cantidades satisfechas de más por sus efectos, pero sólo desde la fecha en que el mismo tribunal sentenció que este tipo de cláusulas podían ser abusivas en su mayoría, es decir, desde el día 9 de mayo de 2013.
- Y el cuarto en fin, que la sentencia del Tribunal no afecta a todas las cláusulas suelo sino a las desarrolladas entre entidades financieras y consumidores. Cuando el que contrate con la entidad el préstamo sea una empresa (y sobre todo si esta tiene objeto social relacionado con el trato de bienes inmuebles) la situación puede ser más complicada de lo ordinario.
Análisis de la situación de las cláusulas suelo en Málaga
Teniendo en cuenta estos importantes puntos iniciales, lo siguiente es intentar determinar qué ocurrirá en cada uno de los miles de casos en los que algún consumidor se ve afectado por una cláusula suelo. Intentaremos resumir la mayoría de situaciones del siguiente modo:
- Soy un afectado por cláusulas suelo y ya me han dictado sentencia. Si la sentencia no puede ser recurrida por haber transcurrido el plazo legal oportuno para ello, la decisión judicial sobre la cláusula suelo no podrá ser modificada. Sea más o menos favorable que la decisión desarrollada por el Tribunal Supremo, será la que sirva para su caso concreto. Si por el contrario el plazo para recurrir aún no ha finalizado y la sentencia no es igual que la dictada por el Tribunal Supremo, lo más probable es que si la parte desfavorecida obtenga una resolución que sí siga la doctrina de devolución de cantidades sólo desde 9 de mayo de 2013, siempre y cuando recurra y sea diligente al exigir sus derechos.
- Soy un afectado por cláusulas suelo en Málaga y mi caso se encuentra en los juzgados. Salvo que se trate de un caso especial o de que su abogado haya solicitado menos derechos judicialmente, la decisión final seguramente sea la de obtener la nulidad de la cláusula suelo y la devolución de las cantidades satisfechas por su efecto desde la fecha de 9 de mayo de 2013. Hasta hace unas semanas la mayoría de expedientes han estado paralizados a la espera de la nueva sentencia, por lo que a partir de ahora las cosas quizá sean un poco (y solo un poco) menos lentas.
- Soy un afectado por cláusulas suelo en Málaga y aún no me he decidido a demandar. Una vez más, si su caso no es uno especial y el abogado que elija tiene una diligencia y profesionalidad media, debería obtener la misma decisión que el resto de afectados. Será necesario para ello eso sí una inversión media (aunque hay varios despachos que la limitan a un mínimo muy asequible) y sobre todo mucha paciencia. A excepción de circunstancias excepcionales, la mayoría de casos que se lancen ahora tardarán en resolverse un mínimo de dos años de plazo, pudiendo llegar perfectamente a uno o dos más.
Conclusión
Con este breve resumen finalizamos el estudio de la situación de las cláusulas suelo en Málaga tras la Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de marzo. Aunque esta pequeña guía no pretende en ningún momento sustituir el asesoramiento especializado de un profesional del derecho, esperamos que haya sido lo suficientemente clarificadora para aquellos que tengan una amplia gama de dudas en relación con este tipo de cláusulas.
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Álvarez Ramos Abogados
Más información: abogados de cláusulas suelo